Politica Local

Congreso reformó ordenamientos estatales en relación a los derechos de las mujeres

 

En Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, fueron aprobadas una serie de reformas a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público del Estado de Chihuahua, en relación a a las facultades del Consejo Estatal, con la finalidad de que se definan acciones y políticas públicas para la eliminación de la desigualdad entre hombres y mujeres, así como garantizar órdenes de protección en los casos de violencia política contra las mujeres.

Con las reformas realizadas, se busca que en la elaboración de programas operativos anuales, se definan acciones y políticas públicas destinadas a la eliminación de la desigualdad entre hombres y mujeres, la erradicación de la violencia contra la mujer en razón de género y cualquier forma de discriminación, así como ampliar y garantizar la aplicación de las órdenes de protección en los casos de violencia política contra las mujeres, en razón de género.

Por tal, dentro de las reformas a la Ley del Derecho de las Mujeres a una Vide Libre de Violencia, se establece en el artículo 19, como atribución del Consejo Estatal la de presentar al Ejecutivo del Estado, antes de la formulación de los programas operativos anuales, una propuesta de asignación de partidas presupuestales prioritarias de las dependencias y entidades que integran el Sistema, para el cabal cumplimiento de los objetivos del Programa y de las finalidades de la Ley.

En lo relativo a las Órdenes de Protección, se plasmó que las mismas tendrán una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima y deberán expedirse de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.

Asimismo que, quien en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la probable existencia de un hecho que la ley señale como delito en contra de una mujer o una niña, está obligado a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Público, proporcionándole todos los datos que tuviere, poniendo a su disposición a la persona imputada, si hubieren sido detenida en flagrancia; además quien tenga el deber jurídico de denunciar y no lo haga, será acreedor a las sanciones correspondientes.

Ahora bien, en lo relativo a la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público, en su artículo 5, se agregó que la programación, presupuestación, ejercicio, seguimiento, monitoreo y evaluación del Gasto Público, será apegada a los lineamientos, directrices, estrategias y metas, con intersectorialidad, y transversalidad de la perspectiva de género y derechos humanos, a fin de satisfacer las necesidades que exija el desarrollo del Estado.

Las diputadas Leticia Ortega y Marisela Terrazas, integrantes de la Comisión de Igualdad, encargada de dictaminar las iniciativas presentadas por la diputada Ivón Salazar y por el Grupo Parlamentario del PAN, fueron quienes dieron lectura a los dictámenes relativos a las reformas realizadas a los ordenamientos estatales referidos.