México., La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes informó que los trámites y procedimientos ante sus unidades administrativas y órganos desconcentrados podrán realizarse únicamente hasta el 21 de diciembre de 2025. A partir del 22 de diciembre y hasta el 6 de enero de 2026, las actividades serán consideradas inhábiles debido a la suspensión de labores por el periodo vacacional de fin de año.
Durante estos días no se computarán los plazos ni términos correspondientes en actos, trámites y procedimientos, incluyendo recepción de documentos, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, requerimientos y medios de impugnación, entre otros. Tampoco se aplicarán los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ni en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados.
Cualquier trámite presentado durante el periodo inhábil surtirá efectos a partir del primer día hábil, es decir, el 7 de enero de 2026, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La SICT aclara que esta determinación no limita su facultad para habilitar días u horarios adicionales si lo considera necesario, así como para asignar guardias del personal para atender asuntos urgentes.
El acuerdo oficial fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y puede consultarse en la página web de la dependencia para cualquier aclaración sobre los plazos y procedimientos administrativos.
