
CHIHUAHUA, CHIH. — La Jueza Tercero de Distrito en el Estado de Chihuahua, Jessica María Contreras Martínez, concedió el amparo a un progenitor dentro del juicio 1770/2026-III-2, al determinar que la jueza familiar cometió violaciones graves al debido proceso durante una controversia por la custodia y residencia de un menor.
El conflicto legal deriva de una demanda de divorcio, pensión alimenticia y pérdida de la patria potestad incoada por la madre en el expediente 8/2026 ante el Juzgado Sexto de lo Familiar por Audiencias del Distrito Judicial Morelos. En dicho proceso, la demandante solicitó cambiar la residencia del menor a la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
Durante la audiencia preliminar del 29 de junio de 2026, la jueza de lo familiar dio por acreditado el arraigo y residencia del niño en Guadalajara. Sin embargo, la resolución federal constató que la juzgadora local tomó como base un escrito y diversos anexos presentados por la abogada de la madre sin darle vista previa al padre demandado.
El fallo del juzgado de distrito señala que esta omisión impidió que la parte demandada pudiera revisar los documentos, controvertirlos o presentar pruebas en contrario, violando las formalidades esenciales del procedimiento y el derecho de audiencia garantizado en los artículos 14 y 16 constitucionales. Además, la juzgadora subrayó que las decisiones sobre el arraigo y la estabilidad de un menor deben sustentarse en hechos objetivos y comprobados, asegurando siempre el interés superior de la niñez.
Como consecuencia del amparo otorgado, la jueza de lo familiar deberá dejar sin efecto la determinación sobre el arraigo y convocar a una nueva audiencia. En dicha diligencia, deberá entregar copia de los documentos a la parte demandada para que alegue lo que a su derecho convenga y, posteriormente, emitir una nueva resolución debidamente fundada y motivada.




