
Chihuahua, Chih.– El abogado Jorge Emilio Hernández Mata presentó denuncias ante el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial del Estado de Chihuahua y la Fiscalía Anticorrupción contra la jueza Sexta de lo Familiar, Graciela Guerrero Quiñones, así como contra la secretaria judicial adscrita al mismo juzgado, por presuntas omisiones, retrasos, irregularidades procesales y violaciones al debido proceso dentro de un juicio relacionado con la custodia y las convivencias de un niño de tres años.
El litigante acudió acompañado de la abogada Diana Pérez Carbajal, socia del despacho jurídico que representa a una de las partes involucradas en el procedimiento. Ambos solicitaron que las autoridades revisen la actuación de la juzgadora y de su secretaria judicial dentro de los expedientes 8/2026 y su acumulado 3/2026.
Hernández Mata explicó que la denuncia no fue presentada únicamente porque las determinaciones judiciales hayan resultado contrarias a los intereses de su representada. Señaló que cualquier resolución puede ser combatida mediante los recursos legales correspondientes, pero sostuvo que, en este caso, existen actuaciones que presuntamente impidieron ejercer esos medios de defensa.
“Las resoluciones que emite cualquier autoridad tienen los medios de impugnación correspondientes. No necesitamos que coincida con nosotros o que nos dé la razón. Esta denuncia es por el hecho de que ha habido violaciones al debido proceso legal”, declaró.
El abogado acusó que dentro del procedimiento la jueza habría firmado una determinación y posteriormente emitido otra completamente contraria, sin permitir que la defensa impugnara previamente la primera resolución.
“Firma un acuerdo y, sin que me den ningún medio de impugnación o algún recurso, lo revoca y emite uno completamente opuesto, totalmente contrario”, expresó.
Señalan riesgo de salida del país del menor
El juicio se encuentra relacionado principalmente con la guarda, custodia y régimen de convivencias de un menor de tres años. Según la versión de Hernández Mata, la madre se trasladó a Guadalajara sin contar previamente con la autorización judicial correspondiente.
Posteriormente, explicó, la contraparte solicitó la autorización para que el niño pudiera salir del país especificamente a España y tramitar un pasaporte, para lo cual era necesario suplir el consentimiento de su representada.
El litigante afirmó que, inicialmente, la jueza había determinado que el asunto relacionado con la salida del país se resolvería hasta el momento de dictar sentencia. Sin embargo, señaló que después de que la contraparte exhibió boletos de avión, la juzgadora modificó su determinación.
“La jueza dice que no, que será motivo de la sentencia. Pero la contraparte exhibe unos boletos de avión y la jueza inmediatamente modifica la resolución y dice que otorga el consentimiento en favor del menor para que salga del país”, indicó.
Hernández Mata sostuvo que esta autorización representaba un riesgo de posible sustracción internacional del niño, por lo que promovieron un juicio de amparo ante un juzgado federal.
“Eso implicaba una inminente sustracción internacional del menor, por lo que acudimos al juicio de amparo y el Juzgado Tercero de Distrito en el estado nos concede la suspensión y evita que el menor salga del país”, afirmó.
Acusan irregularidades para acreditar el arraigo
Otro de los puntos centrales de la denuncia corresponde al lugar de residencia y arraigo de la madre y del menor. El abogado explicó que la juzgadora requirió a la madre para que acreditara el domicilio en el que se encontraba viviendo en Guadalajara.
De acuerdo con su relato, previamente la defensa había acudido al domicilio proporcionado por la contraparte para realizar diligencias relacionadas con el procedimiento. Sin embargo, afirmó que la abuela materna del menor manifestó que la madre y el niño no residían en ese lugar.
“La madre de nuestra contraparte, que es la abuela materna del menor, dice: ‘Aquí no vive, aquí no está’. Hacemos del conocimiento del juzgado esta situación y el juzgado le da tres días para que acredite el arraigo”, explicó.
Hernández Mata señaló que en un primer momento la jueza no tuvo por acreditado el arraigo y habría impuesto una multa. No obstante, posteriormente concedió un nuevo plazo para que la madre presentara documentación adicional.
El denunciante aseguró que después se presentó un escrito acompañado únicamente de dos fotografías y que, con esos elementos, la juzgadora tuvo por acreditado el arraigo sin dar oportunidad a la defensa de revisar o controvertir la información.
“La jueza se da cuenta de un escrito que contiene dos fotografías y tiene por acreditado el arraigo, pero viola uno de los principios rectores del proceso familiar, que es el principio de contradicción, porque no nos corre traslado para que manifestemos lo que a nuestro interés corresponda”, declaró.
El principio de contradicción implica que las partes involucradas en un proceso deben tener la posibilidad de conocer, cuestionar y responder a los elementos presentados por la contraparte antes de que sean utilizados para emitir una resolución.
Según Hernández Mata, la jueza resolvió sin permitir esa intervención de la defensa y posteriormente rechazó modificar su determinación.
“Así resuelve. Luego acudimos al recurso y dice que no puede revocar sus propias determinaciones. Tiene por acreditado el arraigo con elementos que nosotros consideramos apócrifos”, sostuvo.
El abogado cuestionó que el juzgado haya reconocido un domicilio en Guadalajara cuando, desde su perspectiva, el único arraigo plenamente acreditado dentro del expediente sería el que el menor tenía anteriormente en Chihuahua.
“¿Cuál es el único arraigo acreditado? Chihuahua, que es donde vivía. Pero la jueza dice que no podemos discutirlo en el estado de Chihuahua”, expresó.
Aseguran desconocer dónde se encuentra el niño
Uno de los señalamientos más delicados realizados por el litigante es que, hasta el momento, su representación desconoce con precisión dónde se encuentra el menor, cuál es su domicilio y bajo qué condiciones permanece.
“Hasta el momento no sabemos dónde se encuentra este menor de tres años, en qué domicilio ni bajo qué condiciones”, afirmó Hernández Mata.
La defensa sostiene que esta falta de certeza resulta especialmente grave debido a que existe una suspensión emitida por un juzgado federal y porque dentro del juicio familiar se discuten directamente la guarda, la custodia y las convivencias del niño.
El abogado indicó que el amparo busca evitar que el menor sea trasladado nuevamente del lugar en el que presuntamente se encuentra arraigado. Sin embargo, acusó que las propias resoluciones del juzgado familiar serían contradictorias respecto a cuál es ese domicilio.
Denuncian retrasos que afectaron las convivencias
Hernández Mata también acusó que las convivencias fueron autorizadas únicamente una vez por semana, durante una hora, y que debían realizarse a través de un centro especializado de convivencia familiar.
Para que las visitas pudieran comenzar, el centro habría solicitado al juzgado que citara a las partes a una entrevista previa. Sin embargo, el abogado aseguró que el juzgado tardó más de diez días en emitir el acuerdo correspondiente.
“El centro de convivencia familiar le solicita al juzgado que cite a las partes para una entrevista, pero tardó más de diez días el juzgado en acordar. El día 19 de marzo estaba señalada la cita y el mismo 19 de marzo publican”, relató.
El litigante sostuvo que esa actuación imposibilitó que la diligencia se realizara correctamente y provocó que el régimen de convivencias continuara retrasándose.
“El proceso se ha ido retrasando y se ha ido retrasando. Se quiere decir que es por la actuación de mi contraparte, pero no. Realmente es por la incompetencia y la ineficiencia de la jueza de lo familiar por audiencias, así como de su secretaria judicial”, acusó.
“Pensé que era parcial, después vi que era incompetente”
Al ser cuestionado sobre si consideraba que la conducta de la jueza obedecía a parcialidad o a falta de capacidad, Hernández Mata respondió que inicialmente sospechó de una posible inclinación en favor de la contraparte, pero posteriormente concluyó que se trataba de falta de conocimiento del procedimiento.
“En un inicio yo pensé que era parcial la jueza, pero después me di cuenta que no, que es incompetente. Falta de capacidad, sí, definitivamente. Falta de conocimiento del proceso legal”, declaró.
El abogado también relacionó la actuación de Guerrero Quiñones con el proceso de renovación del Poder Judicial y señaló que se trata de una de las juzgadoras incorporadas bajo el nuevo sistema.
Las declaraciones forman parte de los argumentos presentados por el denunciante y deberán ser revisadas por las autoridades competentes. Hasta el momento, no existe una resolución que acredite que la jueza o su secretaria judicial hayan cometido las conductas señaladas.
Presentan denuncias ante dos instancias
Hernández Mata informó que la primera denuncia fue presentada ante el Tribunal de Disciplina Judicial, órgano encargado de investigar posibles faltas cometidas por personas juzgadoras y personal del Poder Judicial.
“Ya quedó la denuncia en el Tribunal de Disciplina. Existe la confianza en que se aplique la ley, dado que es el órgano encargado y facultado para imponer la sanción correspondiente”, manifestó.
El litigante aseguró que permanecerán atentos al desarrollo de la investigación y a las determinaciones que tome el Tribunal respecto a la actuación de la jueza y de su secretaria.
“Estaremos presionando y estaremos muy al pendiente sobre la labor del Tribunal de Disciplina respecto a este tema”, señaló.
Posteriormente, Hernández Mata y Diana Macarena Pérez Carbajal acudieron a la Fiscalía Anticorrupción para presentar una denuncia por los posibles delitos de prevaricación y retardo judicial.
“Nos encontramos en la Fiscalía Anticorrupción para presentar la denuncia correspondiente por el delito de prevaricación y retardo judicial, que es lo que nosotros encontramos”, explicó.
Será la Fiscalía Anticorrupción la encargada de determinar si los hechos denunciados reúnen los elementos necesarios para iniciar una investigación penal y, eventualmente, ejercer alguna acción contra las servidoras públicas señaladas.
Advierten que acudirán a la Fiscalía General de la República
El abogado adelantó que también acudirán ante la Fiscalía General de la República, al considerar que la jueza no habría cumplido debidamente la suspensión definitiva concedida por el Juzgado Tercero de Distrito.
“Como no ha dado cumplimiento a la suspensión definitiva de un juzgado de Distrito, vamos a acudir a la Fiscalía General de la República, porque la Ley de Amparo establece que cuando un juez del fuero común no da cumplimiento a una prevención o a una resolución de suspensión provisional o definitiva, incurre en un delito”, declaró.
Hernández Mata insistió en que la intención de las denuncias no es presionar para obtener una resolución favorable en el conflicto familiar, sino exigir que las decisiones se adopten respetando los procedimientos, los derechos de las partes y, principalmente, el interés superior del menor.
La jueza Graciela Guerrero Quiñones y la secretaria judicial denunciada tendrán derecho a presentar su versión y los elementos de defensa correspondientes ante el Tribunal de Disciplina Judicial y la Fiscalía Anticorrupción.
Hasta el cierre de esta información no se contaba con un posicionamiento público de las servidoras judiciales señaladas ni del Tribunal Superior de Justicia sobre las acusaciones realizadas por Jorge Emilio Hernández Mata y la abogada Diana Macarena Pérez Carbajal.



