Ciudad de México., La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural amplió las facultades del Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal con el objetivo de fortalecer la estrategia contra el gusano barrenador del ganado. El acuerdo, firmado por el titular de la dependencia Julio Berdegué Sacristán y publicado en el Diario Oficial de la Federación, subraya la urgencia de mantener y robustecer las medidas ante la presencia de esta plaga en el sur del país. La decisión busca asegurar una respuesta más amplia y coordinada para prevenir y contener la miasis generada por el insecto.
Las nuevas disposiciones exigen la colaboración de todos los sectores vinculados a la producción pecuaria y también de la población en general. El instrumento es obligatorio para dependencias estatales, propietarios y responsables de animales susceptibles, médicos veterinarios, importadores, organismos certificadores, laboratorios, organismos auxiliares y cualquier persona que transite con animales dentro del territorio nacional. Además, los vehículos que provengan o hayan cruzado regiones con brotes deberán cumplir con estas reglas. Todos ellos tienen la responsabilidad de reportar cualquier gusanera al personal del Senasica, pieza central en la estrategia sanitaria.
Las y los movilizadores de ganado bovino, bufalino, bisontes, ovino, caprino, porcino y aves deben presentar el Certificado Zoosanitario de Movilización en cada traslado. Para obtenerlo, los animales deben recibir tratamiento antiparasitario de tres a cinco días antes y posteriormente ser bañados con un insecticida de efecto larvicida. El ganado también será sometido a una inspección física para descartar heridas o gusaneras. Se prohíbe trasladar animales enfermos, fatigados, incapaces de mantenerse en pie o con lesiones que puedan favorecer la dispersión de la plaga.
Cuando existan heridas, las y los propietarios deberán aplicar insecticidas de acción larvicida y cicatrizante y mantener a los animales dentro de la unidad de producción o centro de acopio hasta su recuperación total. En el caso de movilizaciones que se originen en zonas afectadas, el Certificado Zoosanitario debe especificar los puntos de verificación e inspección federales, internos o emergentes que revisarán el cargamento. El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
